UCIENG
¿Qué es?
La Unidad de Coordinación con Instituciones Educativas No Gubernamentales (UCIENG), es una unidad de apoyo especializado dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Técnicos Pedagógicos que fundamenta su accionar en el Acuerdo Ejecutivo No.1359-SE-2014 (Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación).
La unidad es responsable de la gestión, normativa de las Instituciones Educativas No Gubernamentales de Honduras y que genera las políticas, mismas que son ejecutadas a través de la estructura del nivel descentralizado (DDE, DMu/DDi).
MISIÓN
Somos la Unidad de Coordinación con Instituciones Educativas No Gubernamentales (UCIENG) responsable de normar los servicios ofrecidos por los Centros Educativos No Gubernamentales del país, en cuanto a su autorización de creación, funcionamiento, organización, administración, evaluación, supervisión y monitoreo; con el equipo técnico especializado a nivel descentralizado responsable de ejecutar las políticas emanadas desde el nivel central, para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad.
VISIÓN
Para el año 2025, ser una unidad capaz de gestionar de manera responsable la normativa que regula: La autorización de funcionamiento, organización, administración, evaluación y supervisión de los Centros Educativos No Gubernamentales (CENG), contando con un equipo técnico especializado en el nivel descentralizado generando estrategias de mejora continua con la participación de organizaciones afines a los CENG.
Objetivo
Gestionar las políticas que desarrollen la ejecutoria de los procesos de apertura de Centros Educativos No Gubernamentales (CENG) en el nivel descentralizado.
Beneficios
1.Aplicación de la normativa de la UCIENG, según funciones establecidas en el Acuerdo Ejecutivo No. 1359-SE-2014:
a) Velar por la aplicación del Reglamento de Instituciones Educativas No Gubernamentales;
b) Emitir dictámenes en relación a recursos presentados sobre resoluciones tomadas por las Direcciones Departamentales de Educación, referidos a apertura, ampliación o cancelación de centros educativos no gubernamentales;
c) Mantener un registro de todas las instituciones educativas no gubernamentales existentes en el país;
d) Apoyar a las Direcciones Departamentales de Educación para la elaboración de herramientas que den seguimiento a las acciones que desarrollan los centros educativos no gubernamentales;
e) Establecer los procesos y mecanismos para las denuncias de actos no apegados a la ley, ejecutados por las instituciones no gubernamentales y aplicar las medidas que adopten los organismos correspondientes.
2. Ampliación de la cobertura en los niveles educativos de Prebásica, Básica y Media, contribuyendo con el Estado al logro de objetivos y metas educativas.
3.Contar con información de la oferta educativa en cada uno de los departamentos, permitiendo que el padre de familia, tutor o encargado pueda elegir el centro educativo no gubernamental que desee para sus hijos.