INSTITUCIÓN: 7-Tribunal Superior de Cuentas - T.S.C.
Fecha de Visita: 16 de Enero de 2017
Lugar:EDIFICIO PRINCIPAL DE TEGUCIGALPA - VARIAS VISITAS
Asistieron: 13 Personas
DESCRIPCIÓN
Tribunal Superior de Cuentas - T.S.C.
La Constitución de Honduras de 1839 en su Artículo 99 señala que "Habrá un Tribunal Superior de Cuentas, cuyos individuos serán nombrados por el Gobierno y se reglamentarán sus atribuciones en una ley especial."
En las Constituciones de 1894, (Art. 141) 1906 (Art. 123) dispone que para fiscalizar la administración del Tesoro Nacional, habrá una Contaduría Mayor o Tribunal Superior de Cuentas, cuyas atribuciones serán examinar, aprobar o improbar las cuentas de los que administren fondos públicos, y devolver al Ejecutivo las cuentas las órdenes que no estuviesen arregladas a la ley.
No obstante las disposiciones constitucionales señaladas la primera ley que regula la gestión fiscalizadora de Honduras, esta en el Decreto Legislativo Número 37, de fecha 13 de febrero de 1928 que contiene la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, que en ese año comienza a funcionar.
Desde el año pasado los nuevos magistrados del T.S.C. Conocen el proyecto del archivo Institucional y están interesado en que sea de carácter obligatorio para toda la Secretaría de Educación, están interesados en los avances y el desarrollo de mismo. ademas se comprometieron en que se fortalezca la Comisión y los avances de los mismos.
La Constitución de Honduras de 1839 en su Artículo 99 señala que "Habrá un Tribunal Superior de Cuentas, cuyos individuos serán nombrados por el Gobierno y se reglamentarán sus atribuciones en una ley especial."
En las Constituciones de 1894, (Art. 141) 1906 (Art. 123) dispone que para fiscalizar la administración del Tesoro Nacional, habrá una Contaduría Mayor o Tribunal Superior de Cuentas, cuyas atribuciones serán examinar, aprobar o improbar las cuentas de los que administren fondos públicos, y devolver al Ejecutivo las cuentas las órdenes que no estuviesen arregladas a la ley.
No obstante las disposiciones constitucionales señaladas la primera ley que regula la gestión fiscalizadora de Honduras, esta en el Decreto Legislativo Número 37, de fecha 13 de febrero de 1928 que contiene la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, que en ese año comienza a funcionar.
Desde el año pasado los nuevos magistrados del T.S.C. Conocen el proyecto del archivo Institucional y están interesado en que sea de carácter obligatorio para toda la Secretaría de Educación, están interesados en los avances y el desarrollo de mismo. ademas se comprometieron en que se fortalezca la Comisión y los avances de los mismos.